Salud advierte que estamos en una situación crítica por el incremento de incidencia en el número de casos tras las fiestas navideñas y no descarta tomar más medidas a lo largo de la semana
El Principado ha publicado en el Boletín Oficial del Principado (BOPA) el decreto que modifica las medidas «especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19», establecidas el pasado 18 de diciembre. Unas medidas que se prorrogan durante quince días. Es decir, entran en vigor a las cero horas del martes 12 de enero, hasta las 24 horas del 25 de enero. No obstante, las medidas relativas a las limitaciones horarias de cierre, esto es, el toque de queda a las 22 horas y los cierres a las 20 horas de hostelería y comercio, serán efectivas desde la cero horas del jueves 14 de enero de 2021.
¿Cuáles son las modificaciones más sustanciales respecto al decreto del 18 de diciembre?
Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados, incluidos los centros y parques comerciales, tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 20 horas, a excepción los servicios de entrega a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo, que se extenderá hasta las 22 horas. El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas.
Los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas no admitirán nuevos clientes a partir de las 19:30 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 20 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo, que se extenderá hasta la 22 horas. El horario de apertura podrá comenzar a las 6:00 horas.
Durante el plazo de eficacia de la presente resolución se suspende la actividad presencial de la enseñanza universitaria, incluida la realización de exámenes, excepto que, por la naturaleza de la actividad, la misma únicamente pueda desarrollarse de forma presencial, así como aquellos servicios que tengan la consideración de esenciales.
Se recomienda a la población que, durante el período de eficacia de esta resolución, aumente los períodos de confinamiento en su domicilio y limite su actividad social.
Se recomienda que se disminuya la movilidad entre diferentes zonas de Asturias a no ser estrictamente necesario por motivos familiares o laborales.
Se recomienda cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social que no sea considerada fundamental y que pudiera ser postergable.
Se recomienda que, en la medida de lo posible, las actividades de interacción social sean siempre prioritariamente en espacios abiertos y bien ventilados.
En particular, se recomienda no celebrar actividades sociales en las que circunstancialmente pueda no usarse mascarilla y que supongan interacción social.
Se recomienda que las personas mayores de 65 años y con patologías de riesgo prioricen en sus salidas del hogar los lugares abiertos y bien ventilados tales como parques y paseos.
Se recomienda que las personas mayores de 65 años y con patologías de riesgo eviten permanecer en espacios interiores, con mala ventilación y con mucha concurrencia de personas. Deberán evitarse especialmente:
a) Los espacios interiores en establecimientos de hostelería y restauración.
b) La realización de actividades grupales de carácter deportivo y lúdico que se desarrollen en espacios interiores.
c) Celebraciones sociales o religiosas que se desarrollen en espacios interiores
Se recomienda a la ciudadanía que limite su participación en encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable (burbuja social).
Se priorizará la utilización y ocupación de espacios al aire libre frente a espacios interiores.