PROPUESTA DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL ÁREA PENDIENTE DE URBANIZAR 187 (LA GUÍA-APU-187).
El 12 de abril de 2016 La Junta de Gobierno, aprobó inicialmente el PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN 187 y su ADENDA Nº 1, promovido por propietarios de las parcelas que conforman ese ámbito. Previamente el Pleno municipal había aprobado un Estudio de Detalle para dicho ámbito. Paralelamente, la Junta de Gobierno aprobó la reparcelación voluntaria de la finca.
Se requirió la presentación de un Texto Refundido del Proyecto de Urbanización, habiéndose presentado tres textos que fueron informados desfavorablemente hasta que, el 12 de marzo de 2021 se presenta un nuevo Texto Refundido que se informa favorablemente.
En consecuencia, se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización, lo que comporta autorización para la ejecución de las obras, actualizándose la garantía que deberán presentar los propietarios y que asciende a un total de 980.097,22 euro
PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL ÁREA DE UNIDAD DE ACTUACIÓN 057 (CALLE SEVERO OCHOA, RÍO EO Y CONSTITUCIÓN. AUA-057).
Se ha presentado para su tramitación el Proyecto de Urbanización del Área de Unidad de Actuación 057 (AUA-057), promovido por la Junta de Compensación del ámbito, cuyo Estudio de Detalle fue aprobado por el Pleno el 15 de octubre de 2020.
El documento del Proyecto de Urbanización ha sido objeto de diversos informes por parte de los Servicios Técnicos Municipales, con los consiguientes requerimientos para su corrección, hasta que finalmente, con fecha 24 de marzo de 2021, se presenta el documento que ha sido informado favorablemente para su aprobación inicial por los Servicios Técnico de Urbanismo, de Parques y Jardines, y Obras Públicas, indicando una serie de condicionales.
Se acuerda:
Aprobar inicialmente el proyecto y someterlo a información pública por plazo de VEINTE DÍAS.
PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE COMPENSACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN 317, CALLES LEALTAD Y PAVÍA.
El 30 diciembre de 2020 La Junta de Gobierno, aprobó inicialmente el PROYECTO DE COMPENSACIÓN DE LA AUA –317, promovido por SABADELL REAL STATE DEVELOPMENT, S.L.U..
El expediente fue sometido al preceptivo periodo de información pública, durante dicho periodo no fue presentado escrito alguno de alegaciones.
El 4 de enero de 2021, el interesado presenta Escritura de Aportación de inmuebles a los fondos propios de la Sociedad POLUX ACTIVOS INMOBILIARIOS, (antes GRECOPROPCO, 12, S.L.U.), otorgada el 18 de septiembre de 2020.
Por lo tanto, POLUX ACTIVOS INMOBILIARIOS, ha quedado subrogada en los derechos y obligaciones de la anterior propietaria, SABADELL REAL STATE DEVELOPMENT, S.L.U., en lo que se refiere al desarrollo urbanístico de la AUA-317.
La nueva propietaria de las parcelas, POLUX ACTIVOS INMOBILIARIOS, ha ingresado la cantidad de 166.165,71.-€, como compensación económica por el 10% del aprovechamiento urbanístico que le corresponde al Ayuntamiento en el desarrollo de la Unidad de Ejecución 317.
Se acuerda:
Aprobar definitivamente el PROYECTO DE COMPENSACIÓN DE LA AUA-317, promovido por POLUX ACTIVOS INMOBILIARIOS, (antes promovido por SABADELL REAL STATE DEVELOPMENT, S.L.U.).
La correcta y completa ejecución de la obra de urbanización, se garantizará antes de un mes por importe de 128.745,51.-€ €.
RECURSOS DE ALZADA PRESENTADOS CONTRA LOS ACUERDOS DE 8 DE ENERO Y 18 DE FEBRERO DE 2021 ADOPTADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN 57.
El 5 de febrero y el 18 de marzo de 2021, se presentaron sendos recursos de alzada contra los acuerdos adoptados por la Asamblea General de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 57, celebrada el 8 de enero de 2021, alegando diversos defectos formales en la convocatoria de la asamblea y la indebida inclusión de determinados gastos en el presupuesto aprobado en la misa.
Examinadas las razones expuestas en los recursos y analizados los aspectos formales y materiales de los acuerdos adoptados en la asamblea impugnada, se considera que no se ha producido ninguna de las irregularidades denunciadas.
En consecuencia, se desestiman los recursos de alzada presentados.
CONVOCATORIA DE SELECCIÓN TEMPORAL DE AUXILIARES DE POLICÍA PARA LA ELABORACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL CON EL FIN DE REFORZAR EL SERVICIO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN DURANTE LA TEMPORADA ESTIVAL.
El objeto de la presente convocatoria es la selección temporal de Auxiliares de Policía para la elaboración de una Bolsa de Empleo temporal para el Ayuntamiento de Gijón, debido a la gran afluencia de población durante la temporada estival y a la organización de numerosos eventos culturales, deportivos, y de celebración de festividades que coinciden en la época veraniega, máxime habida cuenta la necesidad de reforzar el control y vigilancia de la ciudad para garantizar el cumplimiento de las medidas sanitarias debido a la situación epidemiológica generada por el Covid19, siendo necesario y urgente reforzar el Área de Seguridad Ciudadana con efectivos del Auxiliar de Policía, figura prevista en el artículo 24 Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales.
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 24 de la Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales, la duración máxima del nombramiento de Auxiliares de Policía que conformen la Bolsa de empleo temporal , no podrá exceder de 4 meses.
Se acuerda:
Aprobar dicha convocatoria.
PRÓRROGA DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA MÓVIL, FIJA Y OTRAS COMUNICACIONES EN EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN, SUS EMPRESAS MUNICIPALES Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS, SUSCRITO CON LA UTE TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SAU Y TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SAU.
El 24 de mayo de 2016, La Junta de Gobierno adjudicó a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, SAU Y TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SAU, EN UTE, la contratación anticipada del servicio de telefonía móvil, fija y otras comunicaciones en el Ayuntamiento de Gijón, sus empresas municipales y organismos autónomos, en el precio ofertado de 147.869,12 euros/año más IVA , al resultar la económicamente más ventajosa.
El 12 de julio de 2016 fue formalizado el correspondiente contrato administrativo, con un plazo de ejecución de CUATRO AÑOS, prorrogables anualmente hasta un máximo de seis años, incluidas las prórrogas, previa petición del contratista con una antelación mínima de tres meses a la finalización del periodo contractual.
El 28 de abril de 2020 la Junta de Gobierno aprobó acceder a la solicitud de prórroga presentada por el representante de la adjudicataria, prorrogando el contrato suscrito por un año, hasta el 12 de julio de 2021.
El 10 de marzo de 2021, en representación de dicha adjudicataria se presenta escrito en el que solicita la segunda prórroga anual del contrato.
Se acuerda:
Acceder, a la solicitud segunda prórroga del contrato por un año, hasta el 12 de julio de 2022.
CERTIFICACIÓN CUARTA Y FINAL DE LAS OBRAS DE SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS PARA LA ADECUACIÓN DE PASOS DE PEATONES A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
El 20 de agosto de 2020, La Alcaldía, resolvió aprobar el PROYECTO DE SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS que define las obras necesarias para la adecuación de pasos de peatones a fin de que sean accesibles a personas con discapacidad.
Las obras, adjudicadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 22 de septiembre de 2020, se ejecutan dentro del marco del contrato de OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA VIARIA EN BASE A CRITERIOS DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, adjudicado por acuerdo de la Junta de Gobierno de 22 de Mayo de 2018 a ALVARGONZALEZ CONTRATAS SA, y se encuadran dentro de las obras de mejora viaria.
Se han adecuado 38 pasos de peatones en Nuevo Roces, Pumarín y Contrueces.
El gasto de 49.707,25 euros, IVA incluido, se autorizó y dispuso a favor de ALVARGONZALEZ CONTRATAS SA, fijando un plazo de ejecución de 2 meses.
El Acta de Comprobación de Replanteo fue firmada con fecha 21 de octubre de 2020, iniciándose las obras al día siguiente.
Tras la emisión y tramitación de las correspondientes certificaciones ordinarias, el 7 de enero de 2021 se firmó el Acta de Recepción de las obras. La ejecución de las obras, tal y como consta en el informe técnico, finalizaron cumpliendo el plazo establecido.
El 16 de marzo de 2021, la dirección facultativa de las obras emitió la certificación-medición final de las obras de la que, resumidamente, resultan los siguientes datos:
CONCEPTOS | IMPORTES |
Ejecución material a origen | 38.951,86 |
Ejecución material anterior | – 33.579,04 |
Ejecución material en el mes | 5.372,82 |
19% Gastos generales de estructura | 1.020,84 |
Base de licitación | 6.393,66 |
El 11,5700696 % Baja de licitación | – 739,75 |
Importe de la certificación | 5.653,91 |
IVA 21% | 1.187,32 |
TOTAL | 6.841,23 |
Se acuerda:
Aprobar la certificación-medición final de las obras de referencia.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE CONSUMO, LA CONSEJERÍA DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA ARBITRAL MUNICIPAL DE CONSUMO.
El 9 de septiembre de 1994 El Pleno acordó la constitución de la Junta Arbitral de Consumo municipal, en colaboración con el Instituto Nacional de Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo, y la Agencia Regional del Consumo del Principado de Asturias, con la finalidad de dotar a los consumidores y usuarios del ámbito de la municipalidad de un sistema de defensa eficaz para la resolución extrajudicial de los conflictos en materia de consumo, al amparo de lo dispuesto en el articulo 51 de la Constitución española, que insta a los poderes públicos a garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
La Junta Arbitral municipal de consumo ha venido funcionando satisfactoriamente desde su creación hasta hoy, atendiendo la demanda incesante y creciente de los consumidores ante situaciones de desprotección y ataque a sus derechos en las relaciones en que interviene como sujeto económico contractual.
En estos años los poderes públicos han incrementado la protección legal de los consumidores, promulgando leyes y normas jurídicas de diferente alcance y contenido, pero siempre con el objetivo de implementar esta protección jurídica.
La Dirección General de Consumo del Ministerio de Consumo, traslada a este Ayuntamiento la necesidad de renovar el Convenio suscrito en el año 1994 para adaptarlo a la normativa actual general, tales como la Disposición Adicional Octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y normas especificas de aplicación, Texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre y Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
Procede que el Ayuntamiento de Gijón, continúe prestando a los ciudadanos este servicio que les protege ante las lesiones de sus derechos, especialmente económicos y que se ha convertido en esencial para los mismos, corrigiendo situaciones de desigualdad, con un procedimiento gratuito, sencillo y sin excesiva demora, que suple la necesitad de acudir a los tribunales de justicia, con lo que ello implica.
Se acuerda:
Aprobar la renovación de dicho convenio.
ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA
CONVENIOS ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN Y LAS FEDERACIONES VECINALES:
- FEDERACIÓN DE AA.VV. DE GIJÓN (FAV) Y FEDERACIÓN DE AA.VV. RURALES DEL CONCEJO DE GIJÓN “LES CASERIES”
Ambas presentan escrito, el 5 de febrero y 26 de enero de 2021 respectivamente, en el que expresan la voluntad de seguir suscribiendo un Convenio con el Ayuntamiento de Gijón en el marco de la participación vecinal.
La Concejala de Atención a la Ciudadanía, Distritos y Urbanismo, presenta Propuesta de texto de Convenio con carácter anual, para el ejercicio 2021, justificando la necesidad y oportunidad de colaborar económicamente con estas Entidades, para la realización de acciones encaminadas a la participación de los vecinos y vecinas en la vida local, así como para posibilitar y ayudar en los gastos generales corrientes de su propio funcionamiento, dado el interés público que representan las actividades que desarrollan.
Ambas Federaciones, manifiestan carecer de fondos financieros propios suficientes para asumir anticipadamente los pagos que se deriven de la ejecución de estos Convenios, salvo que previamente el Ayuntamiento anticipe el ingreso de la cantidad convenida, Igualmente, hacen constar que no les es posible obtener de la correspondiente entidad financiera aval bancario o seguro de crédito/caución, que garantice a la Hacienda Municipal la correcta asignación del cobro anticipado del Convenio, por lo que solicita se le exonere de constituir garantía bancaria en la Hacienda Municipal con carácter previo al cobro de los pagos anticipados referenciados.
Se acuerda:
Aprobar ambos convenios, por importe de 33.600 € para el primero y de 12.000 € para el segundo.
Exonerar de la necesidad de constituir garantía financiera ante la Hacienda Municipal con carácter previo al pago anticipado contemplado en el Texto del Convenio (conforme permite el artículo 14.3, apartado c) de la Ordenanza Municipal por la que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de Gijón).
Abonar el pago del primer plazo anticipado de 16.800 €, para el primero convenio y 6.000 € para el segundo convenio, correspondiente al 50% de la cantidad aprobada para el ejercicio 2021
El segundo plazo, el 50% restante, tras la justificación total de los Convenios.
PROYECTO DE COMPENSACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN 57, (CALLE SEVERO OCHOA, RÍO EO Y CONSTITUCIÓN).
El Proyecto de Compensación, ha sido sometido a la consideración de todos los miembros de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 57, según consta en las Actas de las Asambleas remitidas por la Entidad.
La aprobación definitiva del Proyecto de Compensación comportará la transmisión al Ayuntamiento de Gijón, en pleno dominio y libre de cargas de todos los terrenos de cesión obligatoria y gratuita (art. 447 del ROTU y 177.2 del TROTU), que en este caso se corresponden con los siguientes:
Se acuerda:
Aprobar inicialmente el PROYECTO DE COMPENSACIÓN DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN 57 promovido por la JUNTA DE COMPENSACIÓN.
Informar favorablemente la valoración de la compensación económica del aprovechamiento urbanístico que le corresponde al Ayuntamiento) y que asciende a 403.792,09.-€.
El expediente completo será sometido a un periodo de información pública de un mes, en cumplimiento de lo previsto en el art. 213 del TROTU y en el art. 446 en concordancia con el 478 y 479 del ROTU.
CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA PROMOVER LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA DE LAS MUJERES Y COMBATIR LA VIOLENCIA EJERCIDA CONTRA ELLAS. DIRIGIDA A ASOCIACIONES DE MUJERES Y OTRAS ENTIDADES DEL CONCEJO DE GIJÓN/XIXÓN. EJERCICIO 2021.
Se aprueba la Convocatoria de Subvenciones destinada a Asociaciones y Colectivos de Mujeres del Concejo de Gijón/Xixón para el desarrollo de actividades y programas dirigidos a personas adultas, durante el año 2021, cuya finalidad sea contribuir a eliminar la discriminación de las mujeres, por importe de 84.800 €.
La finalidad de la presente convocatoria responde a varios objetivos:
- Incentivar al tejido asociativo de mujeres a desarrollar programas y actividades dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- Sensibilizar a la ciudadanía de la importancia de la igualdad de género para eliminar las situaciones de discriminación sobre las mujeres: violencia de género, violencia sexual, sexismo, discriminación laboral, brecha salarial.
- Potenciar y apoyar el tejido asociativo de mujeres para el fortalecimiento de la participación de las mismas en el ámbito público, social, económico y laboral así como en los espacios de toma de decisiones, desarrollando las capacidades de liderazgo, de gestión y dirección de las organizaciones de mujeres.
- Mejorar las capacidades y destrezas de las mujeres para desenvolverse con autonomía y fortalecer las capacidades Bio-PsicoSociales, así como reforzar el ejercicio de derechos como ciudadanas.