PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA APROBACIÓN DE LA INCORPORACIÓN DE GREIP ACTIVOS INMOBILIARIOS, S.L.U. A LA JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL PERI 01.
El 23 de febrero de 2021, La Junta de Gobierno, adoptó el acuerdo de someter a información pública la incorporación de la entidad mercantil GREIP ACTIVOS INMOBILIARIOS, S.L.U. a la Junta de Compensación del PERI 01, Santa Olaya, en su condición de propietaria de las parcelas resultantes del Proyecto de Compensación de ese ámbito adjudicadas en su día a SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT, S.L.U., así como el cambio de domicilio de la Entidad.
Seguida la tramitación preceptiva y practicada la oportuna información pública, por plazo de un mes, no ha sido presentado escrito alguno de alegaciones.
Se acuerda:
Aprobar la incorporación de la entidad mercantil GREIP ACTIVOS INMOBILIARIOS, S.L.U., a la Junta de Compensación del PERI 01, Santa Olaya, subrogándose en los derechos y obligaciones que correspondían a la anterior propietaria, SABADELL REAL ESTATE DEVELOPMENT, S.L.U.
Aprobar el cambio de domicilio de la Junta de Compensación del PERI 01, Santa Olaya, que se establece ahora en Avenida de Diagonal 654-1ºD 08034 Barcelona.
PROPUESTA DE ACUERDO DE INICIO DEL EXPEDIENTE EXPROPIATORIO POR EL PROCEDIMIENTO DE TASACIÓN CONJUNTA DE PARCELAS SITUADAS EN LAS CALLES COSTA RICA Y BOLIVIA CALIFICADAS COMO SISTEMA LOCAL DE ZONAS VERDES.
Se acuerda:
Iniciar el procedimiento de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta de las parcelas de las calles : Costa Rica, números 1,3, y 5 y c/ Bolivia, número 16 y someter a información pública el expediente completo por plazo de UN MES.
El proyecto de expropiación tiene por objeto la consolidación como espacio libre y zona verde, de la totalidad de la manzana, puesto que una parte de la misma, en concreto la parcela sita en C/ Colombia 13, ya es propiedad del Ayuntamiento de Gijón, posibilitando de esta forma el uso y disfrute por parte del vecindario de la zona en un enclave especialmente necesitado de dotaciones de estas características.
El artículo 187 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Decreto Legislativo 1/2004 de 22 de abril, (TROTU), así como los artículos 496 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, (ROTU), establecen que en todas las expropiaciones derivadas de la aplicación de la normativa urbanística y con independencia del número de expropiados, la Administración actuante aplicará con preferencia el procedimiento de tasación conjunta, por lo tanto este será el procedimiento a seguir en la tramitación del presente Proyecto de Expropiación.
Los criterios de valoración establecidos en la Memoria del Proyecto, al tratarse de suelo urbano consolidado, suelo urbanizado a los efectos del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana,
(RD7/2015, de 30 de octubre), es de aplicación el art 37 del referido texto legal, resultando el siguiente justiprecio para cada una de las parcelas afectadas:
Finca nº 1: 116.326,34.-€
Finca nº 2: 99.183,51.-€
Finca nº 3: 119.999,81.-€
Finca nº 4: 144.489,56.-€
Cantidades todas ellas que incluyen el 5% como premio de afección. La valoración inicial de las fincas asciende por tanto a 479.999,22.-€
PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN A LA EMPRESA ALVARGONZÁLEZ CONTRATAS, S.A., DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN DE PAVIMENTO DE CALZADA EN LAS CALLES TRINIDAD, MELQUÍADES ÁLVAREZ Y VENTURA ÁLVAREZ SALA (VINCULADO AL EXPEDIENTE DE CONSERVACIÓN VIARIA).
Se acuerda:
Adjudicar a ALVARGONZÁLEZ CONTRATAS, S.A., la realización de obras de renovación de pavimento de calzada en las calles Trinidad, Melquíades Álvarez y Ventura Álvarez Sala, por un importe de 29.999,98 euros, IVA incluido y un plazo de ejecución de quince días.
La adjudicación se realiza en el marco del contrato de conservación y mejora de la infraestructura viaria, en base a criterios de accesibilidad universal adjudicado el 9 de junio de 2018 a la empresa ALVARGONZÁLEZ CONTRATAS, S.A.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA VIARIA EN BASE A CRITERIOS DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, SUSCRITO CON LA EMPRESA ALVARGONZÁLEZ CONTRATAS S.A.
Según se establece en los artículos 105 y 106 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos del sector público podrán modificarse siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido expresamente de esta posibilidad y se hayan detallado de forma clara y concreta las condiciones de la modificación, con referencia a circunstancias que puedan verificarse de forma objetiva, así como con indicación del porcentaje máximo de modificación, sin posibilidad de modificar el contrato para adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, ni ampliar el objeto del contrato para cumplir finalidades nuevas o incorporar prestaciones susceptibles de utilización independiente.
En el presente contrato se recoge tal posibilidad puesto que se alude a las modificaciones contractuales admitidas, hasta un máximo del 10% del precio del contrato a lo largo de los 2 años de duración del mismo más las posibles prórrogas, que responderán al incremento de incidencias generadas en los elementos a mantener objeto del contrato, en función de las necesidades que vayan surgiendo.
Tales modificaciones, según lo indicado en el artículo 219 del TRLCSP, serán obligatorias para el contratista, y requerirán la previa aprobación del número de unidades realmente ejecutadas. A tales efectos se ha de indicar que el contrato se inicia con fecha de 27 de Agosto de 2018 y durante los 22 primeros meses transcurridos se han ejecutado obras por valor de 4.471.016,59 € (IVA incluido), lo que originó se solicitara la modificación del contrato para ampliar el presupuesto en un 4,88%, constando en el expediente acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 4 de agosto de 2020 autorizando y comprometiendo un gasto por un importe de 198.347,11 € más 41.652,89 € de IVA.
El 28 de abril de 2020, la Junta de Gobierno acordó prorrogar el contrato por periodo de un año, hasta el día 26 de agosto de 2021, autorizando y comprometiendo un gasto de 2.457.491,71 €. Durante la prórroga a día de hoy se han realizado certificaciones por importe de 1.308.287,15 euros. Además del importe certificado, en estos momentos existe obra ejecutada que aún no ha sido certificada por importe aproximado de 100.000.- € en ejecución material.
Habida cuenta de la marcha de los trabajos, del número de órdenes de trabajo aún pendientes, la proporción en la que aumentan las incidencias, así como trabajos que son periódicos y su ejecución es ineludible, aún ralentizando el desarrollo de los trabajos de mantenimiento, la previsión es que no exista presupuesto para realizar obras hasta la finalización prevista para el contrato el 26 de agosto de 2021. Es por ello por lo que se propone una nueva modificación del contrato en vigor para dar respuesta a las órdenes de trabajo aún pendientes y solucionar el incremento de incidencias generadas en las vías públicas municipales, ya sean aceras, calzadas o elementos de obra de los mismos, de modo que se puedan reparar ágilmente, sin que se produzca acumulación de trabajos pendientes durante meses, ni eventuales reclamaciones patrimoniales.
El valor de la modificación asciende a 202.479,34 € (IVA excluido), más 42.520,66 € en concepto de IVA (total 245.000,00 €, que supone el 4,98 % del valor del contrato, el cual, añadido a la modificación del 4,88% acordada en su momento, ascendería a una modificación total del 9,86 %, ligeramente por debajo del límite del 10 %.
Se acuerda:
Modificar, el contrato de OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA VIARIA EN BASE A CRITERIOS DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, suscrito con la empresa ALVARGONZÁLEZ CONTRATAS S.A., con fecha 19 de junio de 2018 y modificado el 20 de agosto de 2020, suponiendo dicha modificación un incremento de 245.000 euros (IVA incluido) lo que representa un 4,98% de incremento sobre el precio inicial del contrato.
Requerir a la citada contratista para que, en el plazo de quince días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la recepción de la notificación del presente Acuerdo, proceda a la formalización del correspondiente contrato administrativo.
COMUNICACIÓN DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE EMPRESAS EN CONTRATO DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN ESTACIONAMIENTO SUBTERRÁNEO PARA VEHÍCULOS EN LA PLAZA DE EUROPA.
El 11 de abril de 1997, El Ayuntamiento Pleno, acordó adjudicar a la empresa INMONORTE, S.A., la concesión administrativa para la construcción y explotación de un estacionamiento subterráneo para vehículos en la Plaza de Europa.
El 27 de septiembre de 2018, la adjudicataria INMONORTE, S.A pasó a ser INMONORTE S.A.U.
El 16 de mayo de 2021 la representación de APK9 APARCAMIENTOS, S.L., presenta escrito por el que pone en conocimiento que «con fecha 24 de febrero de 2020, se ha formalizado la operación de reestructuración societaria consistente en la fusión por absorción por parte de la mercantil APK9, de la sociedad INMONORTE).
El artículo 112, apartado quinto, de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas establece que en los casos de fusión de empresas en los que participe la sociedad contratista, continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo.
Se acuerda:
Darse por enterada de la fusión por absorción de las mercantiles APK9 APARCAMIENTOS, S.L., como sociedad absorbente, e INMONORTE, S.A.U., como sociedad absorbida, quedando subrogada APK9 APARCAMIENTOS, S.L. en todos los derechos y obligaciones que con este Ayuntamiento tenía INMONORTE, S.A.U. dimanantes de la concesión administrativa para la construcción y explotación de un estacionamiento subterráneo para vehículos en la Plaza de Europa.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN Y LA FUNDACIÓN BANCARIA “LA CAIXA” PARA LA REALIZACIÓN DE LA EXPOSICIÓN “LEONARDO DA VINCI. ARTE EN LA CALLE. OBSERVA, CUESTIONA, EXPERIMENTA.»
Dentro de las líneas de colaboración establecidas entre el Ayuntamiento de Gijón y otras instituciones de ámbito público o privado, está la establecida con la Fundación bancaria “la Caixa”, organizando actividades itinerantes de carácter científico, social o cultural en formatos interactivos y destinados a toda la ciudadanía.
La Fundación bancaria “la Caixa” ha propuesto al Ayuntamiento de Gijón la realización de una exposición itinerante para ser presentada en los Jardines del
Náutico de Gijón en un módulo de 150 metros cuadrados junto a varias piezas en el exterior. La exposición se titula “Leonardo da Vinci. Observa, cuestiona, experimenta”.
El objetivo de esta exposición es la aproximación al pensamiento de Leonardo da Vinci y a su actitud ante la vida con el fin de fomentar la curiosidad, el espíritu crítico y el deseo de saber a través de la observación y la experimentación.
Las fechas de apertura al público serán del 22 de junio al 23 de julio de 2021.
Se acuerda:
Dar conformidad a la propuesta de dicho convenio.