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La Junta de Gobierno aprueba una partida de 120.000 euros para el desarrollo comercial de microempresas

También se ha aprobado una partida de 90.000 euros para la mejora de las áreas empresariales públicas del municipio

La Junta de Gobierno, reunida esta mañana en el Salón de Plenos, ha autorizado un crédito presupuestario de 120.000 euros favorecer el desarrollo comercial de microempresas de Gijón. De esa cuantía, 60.000 euros irán destinados a financiar el ejercicio 2020 y los 60.000 restantes a financiar a la anualidad de 2021. El objetivo de esta ayuda, enmarcada en el programa de Incentivos IMPULSA, es apoyar actuaciones encaminadas a la apertura de nuevos mercados o a la mejora de la comercialización de productos o servicios, participando como expositores con stand propio o como visitantes en ferias comerciales, congresos u otros encuentros o eventos especializados que tengan carácter internacional y que contribuyan a la apertura de nuevos mercados.

Las beneficiarias y beneficiarios serán personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas que tengan la consideración de microempresas y cuya antigüedad (alta censal definitiva de inicio de actividad en Hacienda) sea igual o inferior a 10 años. Este requisito no será exigible para aquellas microempresas que de la Industria Cultural y Creativa ya que la convocatoria pretende paliar los efectos de la COVID-19 sobre este sector, dando cumplimiento al plan de choque cultural del Gobierno local.

A su vez, se ha aprobado una partida de 90.000 euros para la mejora de las áreas empresariales públicas del municipio. Esta convocatoria de incentivos se contextualiza dentro del acuerdo de concertación social ‘Gijón Reinicia’ cuya finalidad es la reactivación económica y la recuperación del empleo local y que incluye medidas específicas dirigidas a quienes se han visto más afectados la contención de la COVID-19, así como otras iniciativas que ya se venían desarrollando desde Gijón IMPULSA y que se han decidido mantener ya que contribuyen a mantener el tejido económico de la ciudad en el medio y largo plazo.

Pueden optar a las ayudas las asociaciones empresariales y entidades de gestión de las áreas empresariales e industriales de titularidad pública del municipio de Gijón, con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, con domicilio social y centro de trabajo en Gijón, y cuyo objeto social, entre otros, sea la realización de actividades destinadas a solventar las carencias en las infraestructuras empresariales o su mantenimiento. También centralizar y dar cauce al conjunto a las demandas y necesidades de todas las empresas situadas en su área de actuación. Se financiarán, por tanto, los gastos correspondientes a los proyectos de mantenimiento, conservación, limpieza e iniciativas que redunden en la calidad de los servicios prestados a las empresas instaladas en estos espacios. Deben ser desarrollados entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

En otro orden de asuntos, la Junta de Gobierno ha resuelto las solicitudes pendientes de la primera convocatoria 2020 de las ayudas de carácter plurianual a la contratación de personas trabajadoras por cuenta ajena para los ejercicios 2019-2021. Se vieron afectadas por la suspensión de plazos administrativos derivados de la pandemia. El importe de las subvenciones concedidas asciende a 13.670’46 euros. De ellos, 8892’86 euros corresponden a 5 solicitudes de la convocatoria para empresas y 4.777’60 euros a 2 solicitudes de la convocatoria para entidades sin ánimo de lucro.

Asimismo, se ha desestimado el recurso de reposición interpuesto frente a las bases de selección de 4 plazas de técnica o técnico especialista en Prevención y Extinción de Incendios de turno libre de la oferta de empleo público del año 2019. En el texto se alegaba una discriminación indirecta en perjuicio de un número superior de personas de sexo femenino que de sexo masculino por el requisito de talla mínima idéntica para hombres y mujeres de 1’60  centímetros y se solicitaba la supresión del mismo. Se entiende, por tanto, que no existe vulneración del principio de igualdad en el acceso a la función pública, siendo razonable y proporcionada la exigencia de una altura mínima igual como condición física razonable y proporcionada que ayuda a ejercer de forma eficiente y eficaz las funciones del trabajo. Este principio no se ve menoscabado siempre que los méritos o capacidades a valorar tengan relación con la actividad concreta que se va a desempeñarse dentro de la función pública. El personal realizará tareas de intervención directa en situaciones de riesgo donde primará, como interés general, proteger la seguridad ciudadana sin olvidar la necesidad de garantizar su propia seguridad. La altura mínima necesaria igual para ambos sexos no puede considerarse genéricamente discriminatoria ni menoscaba el principio de igualdad máxime cuando la altura exigida para ambos sexos está por debajo del promedio de la estatura de las mujeres españolas que actualmente se fija en 1’63 centímetros.